¿Las iglesias colombianas deberían contribuir con el pago de renta?

Por Tatiana Fandiño | 16/04/2021.

El artículo 23 del estatuto tributario señala expresamente que toda congregación religiosa e iglesias legalmente reconocidas por el ministerio del interior, son excluyentes de la declaración de renta y del impuesto de la misma. Como empresas electorales con curules, representantes en el Congreso, ingresos brutos que superan $5.4 billones de pesos y en más de $13 billones de pesos están avaluados sus patrimonios líquidos, ¿por qué razón o a causa de qué no aportan tributariamente?

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