Prima de junio 2021: ¿Cuándo se paga y cuándo vence?

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Por Martín Casanova Piraquive | 07/06/2021.
Los trabajadores colombianos que cuentan con un contrato fijo, a excepción de los que cuentan con prestación de servicios, tienen derecho a reclamar esta bonificación laboral cada año y por lo tanto, pueden preguntar cómo se calcula y cuándo se debe reclamar en las empresas.

El primer semestre del 2021 está a punto de finalizar en un par de días, por lo que llega la fecha especial en la que muchos trabajadores del país que cuentan con un contrato formal y cuyo salario no supera los 12 millones de pesos, pueden recibir la ‘prima de mitad de año’, mientras los que cuentan con contrato laboral formal, terminarán con un dinero extra en sus bolsillos y cuentas.

Este beneficio denominado como ‘prima de servicios o de vacaciones’, se trata de una prestación social, la cual se encuentra a cargo del empleador y corresponde a un salario mensual de dos cuotas anuales, en el que el trabajador oficial o público puede recibir cada año, a los 15 días del semestre laborado. Por esta razón, el pago de esta prestación se realiza en los meses de junio y diciembre.

Esta bonificación laboral fue implantada dentro de los artículos 49 y 97 de Prestaciones Sociales del decreto 1045 de 1978 del Código Sustantivo del Trabajo, como una regla general en la que algunas entidades de la administración pública del país son sometidas a consignar un saldo medio proporcional al trabajador, bien puede ser junto con la quincena o mensualidad, o también en un pago aparte.

Según la ley 306 del Código Sustantivo del Trabajo, la primera cuota de la prima de servicios, la cual corresponde a la mitad de un salario mínimo, se debe pagar cada fin de junio o en los primeros días del mes siguiente, mientras que segunda parte se debe pagar a más tardar en los primeros 20 días del mes de diciembre de cada año, con el fin de que el empleador puede elegir el día con anticipación, siempre y cuando no logre pasarse de la fecha. Una vez que termine el contrato de trabajo, la prima de servicios se debe cancelar junto con la liquidación del trabajador, con el fin de calcular el tiempo laborado antes del fin del mes si se presenta algún ajuste de cambio salarial.

La prima servicios se paga dos veces al año, es decir, cada 6 meses y por lo tanto, equivale a un mes de salario por cada año de trabajo, debido a que su valor mensual se debe multiplicar y luego se debe dividir en 360 lo que equivale a dos cuotas anuales, por lo que, cada una de ellas debe ser igual a medio salario. Si el trabajador no ha completado el semestre en la fecha de la liquidación de la prima de servicios, se le proporcionará un saldo al tiempo laborado en ese periodo.

Con respecto a lo anterior, si el trabajador no alberga ninguna herramienta legal para exigir el pago, puede denunciar al empleador siempre y cuando incumpla con sus obligaciones, lo que generalmente no lleva a ningún resultado.

Antes de realizar este procedimiento, se debe tener en cuenta dos conceptos: el primero es incluir el auxilio de transporte en la base para el cálculo, ya que esto aplica para aquellos trabajadores que adquieren dos salarios mínimos como máximo (el mínimo es de $908.526) y es de $106.454 y el segundo, es que las personas que trabajan en servicio doméstico también deben recibir su prima, por lo que el valor sería de $67.644, como resultado de sumar un salario mínimo diario junto con el auxilio de transporte diario, luego multiplicarlo por 4 semanas al mes y después dividirlo por 2 semestres.

Formula: Prima semestral = ([días trabajados en el último semestre] ÷180) x (medio salario mínimo mensual)

Aquellas personas trabajadoras que desean saber el resultado del pago de la prima de mitad de año o la primera cuota de la prima de servicios, pueden ingresar a la calculadora que se encuentra a través de la página web: https://www.salariominimocolombia.net/prima/.

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