Por Daniel Eduardo Jiménez Zambrano | 08/05/2021.
El artículo 247 del nuevo Código Electoral le concede a la Registraduría Nacional del Estado Civil reservar toda la información dejando de ser accesibles al público.
El Centro de estudios de derecho, justicia y sociedad (Dejusticia), alertó sobre un artículo puntual del Código Electoral que vulneraría el derecho de acceso a la información. Destacan que le confiere el resguardo reservado de los procesos electorales, la identificación, los mecanismos de participación y el registro civil a la institución descentralizada del Estado. Con lo anterior, la identidad de las personas recolectoras de firmas de cara a un proceso electoral, contratos con proveedores, los recursos destinados para elecciones, el software que realiza los escrutinios y los números de puestos de votación en los municipios ya no estarían abiertos para el conocimiento público.
Es por esto que en un proceso conjunto Dejusticia, la FLIP, la Fundación Karisma, ISUR, Linterna Verde y El Veinte elevaron la advertencia a la Corte Constitucional para que se examine el proyecto de ley en cuestión. “Le pedimos a la Corte Constitucional que, en su proceso de revisión de este proyecto de ley, antes de pasarlo a sanción presidencial, declare la inconstitucionalidad del artículo 247”, manifestaron.
En el escrito el Centro de estudios de derecho, justicia y sociedad argumenta que, se entiende el énfasis de “seguridad y defensa nacional” en el que se soporta el proyecto, pero no es razón sustancial para conceder lo que se busca de manera macro, ya que vulneraría las normas internacionales sobre derechos humanos.
Finalmente, hacen un llamado a revisar y modificar el artículo 247 con el fin de reorientar de mejor manera su enfoque, sin que se ponga en riesgo el derecho de acceso a la información.
Puede consular el informe aquí: https://www.dejusticia.org/wp-content/uploads/2021/04/Inconstitucionalidad-arti%CC%81culo-247-Co%CC%81digo-Electoral.pdf