- Durante la más reciente emisión de ‘Por fin lo sabemos’, el programa de radio de la Jurisdicción Especial para la Paz que se emite por Radio Nacional de Colombia, la presidenta de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, explicó cómo se dio el proceso para admitir al excomandante paramilitar como compareciente ante la JEP.
La magistrada Heydi Patricia Baldosea Perea, presidenta de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, explicó este lunes 20 de noviembre en la emisión del programa ¡Por fin lo sabemos! cómo se tomó la decisión de aceptar a Salvatore Mancuro como compareciente de la JEP, en calidad de sujeto funcional y materialmente incorporado a la fuerza pública.
Durante el espacio transmitido por la Radio Nacional de Colombia y la página de Facebook JEP Colombia, la magistrada aseguró que el exjefe paramilitar, quien fue admitido como compareciente el pasado viernes 17 de noviembre, no solo hacía parte orgánica de la fuerza pública, sino que tenía una capacidad superior para determinar acciones estratégicas y “unir los hilos” entre paramilitares, militares y otros agentes del Estado, empresarios y políticos para construir el engranaje de una estructura macrocriminal.
Este rol de bisagra, como lo ha denominado la Jurisdicción, es el que le abre hoy la puerta de la JEP a Mancuso, a diferencia de la decisión adoptada por este organismo en 2020, cuando fue rechazado en calidad de tercero civil y se determinó que tampoco podría ser aceptado como jefe paramilitar, pues la Jurisdicción no tiene competencia sobre sus actuaciones bajo ese rol exclusivamente.
La presidenta de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas argumentó que el levantamiento parcial de la reserva sobre los aportes de verdad realizados por Mancuso durante los espacios reservados se debe a razones de seguridad y para favorecer el proceso de investigación que ahora adelantará la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción.
También explicó que la información referida por el exjefe paramilitar sobre más de 300 personas presuntamente involucradas en actos criminales será estudiada por la misma sala y enviada a las autoridades pertinentes para los casos sobre los cuales la JEP no tiene competencia.
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